“BÚSQUEDA” Cartas al Director. Jueves 2 de diciembre de 2010.
PROCESAMIENTO DEL GENERAL MIGUEL DALMAO
Señor Director:
¿Por qué escribo esta carta? Al menos por dos razones: la primera porque estudié Derecho y he envejecido procurando la “Justicia”, entendida como punto de equilibrio entre el hacer humano y sus consecuencias; la segunda, porque puedo y debo expresar lo que siento acerca de las personas que conozco y lo que pienso acerca de la “verdad” como valor.
Al comenzar mi juventud, con 17 años de edad, adherí a la Internacional de las Juventudes Literarias. Eso significaba para mi un compromiso de vida y militancia a favor de una sociedad de hombres libres con ausencia de la autoridad o del mando propio de un Estado.
Participé en vivo y en directo en las exequias de Martin Luther King, en las revueltas de Mayo del “68” en Francia, en la Primavera de Praga y en la Masacre de la Plaza de Tlatelolco.
Tengo bien presente que el 20 de agosto de 1968, días después del asesinato de Líber Arce en Montevideo, 2000 tanques y 600.000 soldados soviéticos entraron en Praga. Alexander Dubceck fue llevado al Kremlin y terminó firmando un documento de adhesión incondicional al Pacto de Varsovia. También recuerdo, aun con espanto, que el 2 de octubre del mismo año decenas de miles de personas, la mayoría jóvenes estudiantes, nos concentramos en los alrededores de la Plaza de Tlatelolco, portando como armas banderas rojinegras y pancartas que decían “Libertad”. A las cinco de la tarde, luces de bengala dieron luz verde a las tropas de civil y al Batallón Olimpia, para descargar ráfagas de metralla contra los manifestantes. Mi amigo Vicente, con quien corríamos de la mano, cayó mortalmente herido.
En ocho meses había perdido cuatro revoluciones que pensaba que serían mundiales y finales. Había visto a las policías y ejércitos de diferentes países y diferentes regímenes políticos golpear, detener y matar personas que no estaban armadas.
Aún hoy tengo rechazo por la carrera militar porque en utopías que aun conservo, visualizo la misma como la quintaesencia del poder de los Estados. Entiendo que estas aclaraciones previas son relevantes para ubicar mi posición frente a los hechos que referiré.
Aproximadamente veinte años después de esos hechos conocí a Miguel Dalmao, primero vecino, luego novio y finalmente marido de mi amiga Alicia. Vivíamos en plena dictadura militar.
No es frecuente en la vida conocer a alguien con quien se tienen tantas discrepancias desde tantos puntos de vista y, al mismo tiempo, poder dialogar y discutir con respeto, seguramente por el recíproco reconocimiento de un núcleo pequeño pero sustancial de valores en común que puedo sintetizar en dos cuestiones: el respeto a la absoluta libertad de conciencia de los individuos y a la dignidad de los seres humanos, sin distinciones de ningún tipo.
El padre de Miguel Dalmao trabajaba como mozo y su madre como empleada doméstica. Él formó una familia similar, que privilegia el “ser” sobre el “tener” y que disfruta de las cosas simples de la vida cotidiana.
En 2005, bajo la Presidencia del Dr. Tabaré Vázquez, el Senado de la República por unanimidad lo designó como general del Ejército. Luego en 2008, asumió la Jefatura de la Región Militar IV, que abarca los departamentos de Lavalleja, Maldonado, Rocha, Treinta y Tres y Cerro Largo.
Al día de hoy Miguel Dalmao se encuentra procesado con prisión, acusado de ser coautor de la muerte de la joven Nibia Sabalsagaray, ocurrida a fines de junio de 1974. He tenido acceso a la vida cotidiana de Miguel Dalmao desde hace más de 20 años y también he tenido acceso al expediente penal que lo involucra. Ninguno de esos elementos me hace poner en duda su inocencia respecto de los hechos que se le imputan.
En lo personal por las razones que ya expliqué. En lo jurídico por lo que intentaré explicar en el lenguaje más llano posible, aunque no podré obviar algún tecnicismo jurídico.
En sentencia de 3 de octubre de 2006, el señor Juez que ahora dispuso el procesamiento del Miguel Dalmao dijo: “La muerte de Nibia Sabalsagaray pudo ser producto de una decisión de la occisa… en autos se trata de determinar las circunstancias de la muerte…lo que pese al largo tiempo de investigación no ha sido posible”. Pues bien, nada de lo aportado luego al expediente permite concluir en la responsabilidad de Miguel Dalmao en los hechos..
Es cierto que en los últimos cuatro años se han agregado declaraciones y varias insustanciales contradicciones respecto a lo sucedido hace más de 36 años. Pero esas contradicciones se dan en ambos sentidos, es decir a favor y en contra del militar procesado. En efecto, en la acusación fiscal se menciona que un testigo habría declarado que Dalmao participó en los interrogatorios a los detenidos, agregando luego: “hubo permanentemente al lado de estos oficiales un mayor que era el segundo de MM y después había un equipo de tortura” Quiere decir que dicho testigo no involucra a Miguel Dalmao dentro del “equipo de tortura”. Luego, otro testigo que afirma haber visto a la víctima muerta en el calabozo en horas de la madrugada, declaró:”se comentaba que se les había ido la mano, que la habían matado y cosas así. Supongo que se referían a los encargados del S2, ZZ y XX”. Quiere decir que ese otro testigo, de oídas, descarta la participación de Miguel Dalmao en los hechos. Otro testigo declara: “el comentario de los soldados era que uno de los alférez había estado en el asunto. Quiere decir que un tercer testigo de oídas, tampoco llega a mencionar a Miguel Dalmao como responsable de los hechos.
Luego en el decreto de procesamiento el Sr. Juez contradice su criterio de 3 de octubre de 2006 y desvirtúa la autopsia realizada, ya que antes había expresado: "no existen elementos que permitan acreditar en el caso de Nibia Sabalsagaray, haya existido una falta ética al protocolo de la autopsia”.
Finalmente, aunque no deja de mortificar mis principios y mis valores, desde un punto de vista estrictamente jurídico, no puede dejarse de lado el fundamento de la “prescripción”. Ha sido un principio de vida, recogido por el Derecho que el transcurso del tiempo deja sin efecto el valor de ciertas conductas, aunque desde el año 2006, para algunas consideradas aberrantes, ese principio no rige. Pues bien, en el caso concreto, aceptando que la prescripción sólo puede computarse a partir de la reinstitucionalización democrática (1º de marzo de 1985), ya transcurrieron más de veinte años, que es el plazo de prescripción que marca la ley penal. Si como pretenden la Sra. Fiscal y el Sr. Juez, fuera de aplicación el artículo 123 del Código Penal, que alarga el plazo de prescripción hasta en un tercio, en virtud de la peligrosidad del delincuente, debe tenerse en cuenta que la peligrosidad no es la del momento de comisión del delito sino la actual, es decir la que puede llevar a la conclusión de que el sujeto puede o no volver a delinquir. En el caso concreto eso resulta inaceptable porque no pueden transcurrir casi seis años de gobierno de un partido político, sin que ninguna de sus autoridades haya sido advertida de la “peligrosidad” del imputado, confiándole el mando de miles de hombres armados y confirmándole ese mando la semana anterior a su privación de libertad.
En síntesis, el conocimiento personal de Miguel Dalmao, el análisis del expediente y de la realidad institucional del país, me llevan a la honesta conclusión de que su procesamiento es injusto. No se aplica el principio de que la duda beneficia al imputado sino el contrario, es decir una situación similar a la de la Justicia militar que juzgaba civiles durante la dictadura.
La explicación de esa injusticia cada uno podrá ubicarla de acuerdo a sus íntimas convicciones o en superficiales suspicacias. Lo cierto es que, a mi juicio, el “Derecho” está quedando de lado y eso desemboca en el abismo.
Ariel Callorda Salvo
Escribí pero no me publicó.
ResponderEliminarAhora soy yo, Eduardo Medina, que escribo: Sabés qué pasa Ariel? El Frente Amplio tenía que encontrar un culpable, para llenar la fórmula como que están haciendo algo por los derechos humanos.
ResponderEliminarEl Poder Judicial, con muchos jueces que son afectos al mismo y poco y nada respetan la ley y presunción de inocencia de las personas, sancionan a personas que no tienen nada que ver, destruyendo sus derechos humanos y sus vidas.
Por eso, visto que hay personas que pueden dar testimonio de los hechos y personas involucradas, presento Recurso de Revisión para que se trate de inmediato este procesamiento a la luz de lo arriba expresado.
Ahora soy yo, Eduardo Medina, que escribo: Sabés qué pasa Ariel? El Frente Amplio tenía que encontrar un culpable, para llenar la fórmula como que están haciendo algo por los derechos humanos.
ResponderEliminarEl Poder Judicial, con muchos jueces que son afectos al mismo y poco y nada respetan la ley y presunción de inocencia de las personas, sancionan a personas que no tienen nada que ver, destruyendo sus derechos humanos y sus vidas.
Por eso, visto que hay personas que pueden dar testimonio de los hechos y personas involucradas, presento Recurso de Revisión para que se trate de inmediato este procesamiento a la luz de lo arriba expresado.