Un fiscal cuestiona formalmente la disparidad de criterios empleados por un Tribunal de Apelaciones Penal para resolver los casos de un militar y el de un civil. El militar en cuestión es el general Miguel Dalmao, uno de los responsables de la prisión en donde, en tiempos de dictadura, se halló muerta a una militante comunista. El caso del civil refiere a Diana Noy, que dirigía el Centro Nacional de Reclusión (CNR) cuando en su interior murió el recluso Mario Bozzatta. Ambas muertes se denuncian como fruto de homicidios perpetrados en recintos carcelarios.
El fiscal Luis Bajac considera inadmisibles las diferencias hechas por el Tribunal entre uno y otro caso "con expresiones tan cambiantes en aspectos fundamentales". Además, expresa sorpresa porque el tribunal valoró declaraciones y conductas de Noy con un criterio diferente al que utilizó en el caso Dalmao. También señala que la exdirectora del CNR incurrió en omisiones que determinaron que el recluso Bozzatta, que en los días previos había denunciado irregularidades que se cometían en esa prisión, fuera asesinado. Por todo ello, el fiscal presentó un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia para que revoque la decisión del tribunal en el caso Noy quien resultó absuelta de responsabilidad.
En tanto se dilucida esta nueva instancia judicial, es alarmante que un fiscal denuncie y accione legalmente contra el criterio dual empleado por un tribunal que, en una situación, la de Dalmao, actuó de una manera que desembocó en la prisión para el imputado, al tiempo que demostró una mayor indulgencia con la directora Noy.
Una justicia desigual para dos casos similares es una grave injusticia.
El País Digital
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