Por cualquier comentario, informacion y articulos que se quiera publicar, enviarlo a el siguiente correo; bdcs.blog@hotmail.com

sábado, 8 de enero de 2011

Según el abogado del oficial retirado, el juez y la fiscal del caso fallaron sin prueba alguna; entre los organismos a los que recurrirá está la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

SEMANARIO “BÚSQUEDA” JUEVES 6 DE ENERO DE 2011

Según el abogado  del oficial retirado, el juez y la fiscal del caso fallaron sin prueba alguna; entre los organismos  a los que recurrirá está la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

La defensa del coronel Chialanza, procesado con el general Dalmao, denunciará en la OEA que la Justicia uruguaya no ofrece “garantías”.

   El abogado defensor del coronel retirado José Chialanza, quien junto con el general en actividad Miguel Dalmao fue procesado con prisión por el asesinato de una militante comunista en dictadura, planteará recursos ante organismos internacionales con el argumento de que la Justicia uruguaya no le dio al militar las “garantías del debido proceso”, que no tiene pruebas que fundamenten su decisión, que violó los principios de “presunción de inocencia” y de “culpabilidad” y que centró su fallo no en el acto sino en que el presunto autor es militar.
   En las últimas horas, el abogado Emilio Mikolic empezó a preparar los recursos que presentará ante organismos internacionales, por ejemplo la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA).
   A Dalmao y a Chialanza “se los procesa por supuestas violaciones de los derechos humanos, pero flagrantemente olvidan los derechos humanos de ellos mismos” afirmó el propio Mikolic a Búsqueda.
   Chialanza y Dalmao fueron procesados con prisión por el juez penal Rolando Vomero el 8 de noviembre, luego de un pedido de la fiscal Mirtha Guianze.  Vomero encontró a ambos responsables del “homicidio especialmente agravado” – en calidad de coautores- de la militante comunista Nibia Sabalsagaray en una unidad militar en Montevideo en 1974.
   A diferencia de otros procesamientos y condenas contra militares por actos cometidos en dictadura, el caso de Dalmao y Chialanza inquietó a los mandos de las Fuerzas Armadas, que de manera directa o indirecta le plantearon su queja al ministro de Defensa Luis Rosadilla y al presidente José Mujica.
   Es que, en ambos procesamientos, los jefes militares entienden que no existieron garantías en la Justicia.
   Incluso fue el propio presidente quien, a fines de noviembre, visitó en reserva a varios oficiales, entre ellos al comandante en jefe del Ejército, Jorge Rosales, para conocer su posición sobre el caso. (Búsqueda Nº 1587).
   En ningún caso, según fuentes que consultó Búsqueda, Mujica contradijo los comentarios de los mandos militares, pero contestó que “la Justicia es independiente”.
   Pocos días antes, el abogado Miguel Langón, defensor de Dalmao, había presentado su apelación del fallo de Vomero, en un documento en el cual le atribuyó “irrealidades” y advirtió que “ni siquiera” la Justicia Militar en dictadura actuó en esa forma.
   “Tanto la fiscal como el juez de instancia no saben qué es lo que pasó, no tienen certeza alguna de ello ni pueden tenerla, porque el expediente no lo permite en modo alguno, y sin embargo, basados en sus convicciones personales, totalmente respetables pero intransferibles e inaceptables en un juicio penal, afirman que hay certeza de que a (la militante comunista Nibia ) Sabalsagaray se la torturó efectivamente y que de ello derivó la muerte, concluyendo gratuitamente que esos tormentos ‘debieron’ inflingirse por quienes estaban encargados de la función de interrogar para obtener información y particularmente por Dalmao, al que sindican sin prueba alguna que lo acredite, como ‘el autor material del interrogatorio que culminó en la muerte de la víctima’”, aseguró Langón en su apelación.
   Dalmao y Chialanza permanecen recluidos a la espera de una sentencia definitiva.
-El “bastón” y la “peligrosidad”. Según Mikolic, tanto el juez como la fiscal omitieron el “principio de presunción de asistencia”, algo que en términos jurídicos se cita con el latín in dubio pro reo (en caso de duda se beneficia al indagado). En su opinión, eso se sustenta porque Dalmao y Chialanza fueron procesados “sin los más mínimos y elementales elementos de convicción suficientes” que según la legislación deben existir para tomar esa decisión.
   Por el contrario, Mikolic sostuvo que Guianze y Vomero actuaron “invirtiendo la carga de la prueba” ya que – aseveró – es a la fiscal a quien corresponde probar la responsabilidad de alguien en un hecho delictivo, no al acusado demostrar que es inocente.
   El abogado también denuncia el quiebre del “Derecho Penal de acto, como debería ser, donde se valore la conducta del indagado frente al hecho que se investiga independientemente de quien es” y que se impuso un “Derecho Penal de autor, donde lo que importa no es lo que hizo, sino quién es, en este caso un militar, violando a todas luces el principio de culpabilidad, elemento fundamental para la existencia de un hecho delictivo”.
   Más aún, el defensor de Chialanza también cuestiona que al oficial retirado haya sido procesado con prisión a la espera de la sentencia. Para disponer su prisión preventiva, además de Dalmao, la Justicia tomó en cuenta el concepto de “peligrosidad”, dijo Mikolic.
   “¿Quién de ellos es peligroso? ¿Chialanza, con 76 años de edad y un sinfín de enfermedades que, entre otras cosas, no le permiten desplazarse libremente sin un bastón?  ¿Dalmao, un individuo que, teniendo bajo su mando una tropa de más de 2.500 personas, con todo lo que ello podría implicar, concurrió a la Justicia siempre que fue citado, aun habiéndose enterado por la prensa de su auto de procesamiento, donde, por sus propios medios, como hombre respetuoso de las instituciones democráticas, se presentó sin jamás obstaculizar nada del proceso ni de las autoridades policiales?”, cuestionó.

No hay comentarios:

Publicar un comentario